IV
DISPOSITIVO
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA Y FALCON, en sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE el RECURSO CONTENCIOSO DE ABSTENCION Y CARENCIA, interpuesto por el abogado en ejercicio WILMER ALBERTO PEREZ GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 9.612.244, Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado Nro. 54.787, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Empresa PALMERAS DE CASIGUA (PACASA), S.A., con domicilio fiscal en la avenida Cedeño, edificio Torre 4, Piso 2, Oficina 205 de la ciudad de Valencia del Estado Carabobo, constituida por documento inscrito en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha treinta y uno (31) de agosto del año 1987, bajo el Nro. 67, Tomo 9-A, contra la supuest.....