En Virtud de las razones antes expuestas, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por el Ciudadano LUIA ALEJANDRO BASTARDO, en contra de DIGITAL CENTER ACCESORIOS ORIENTE, C.A, SEGUNDO: se condena a la demandada a pagar al demandante la cantidad total de NUEVE MIL QUINIENTOS ONCE BOLIVARES CON TREINTA Y NUEVE CENTIMOS (9.511.39 Bs.) por concepto de el pago de las Prestaciones Sociales y demás indemnizaciones laborales por la terminación de la relación de trabajo indicados en la parte Motiva de la presente decisión, más lo que resulte de la Experticia ordenada en cuanto al pago de Intereses de prestaciones, Moratorios y la indexación correspondiente al trabajador.
No hay condena en costas a la parte demandada por no haber sido totalmente vencida de co.....