Este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Zuliana, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la ley, DECLARA INADMISIBLE la solicitud cautelar intentada por los abogados BÁRBARA GARCÍA y CARLOS VELÁSQUEZ, antes identificados, actuando en sus condiciones de Apoderados Sustitutos de la Procuradora General de la República Bolivariana de Venezuela, contra la contribuyente TRANSPORTE VELASCO, C. A.; anteriormente identificada.