cuerpos en Divorcio. Así se decide.
- III -
Por los fundamentos expuestos, este Juzgado DE LOS MUNICIPIOS MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR LA CONVERSIÓN DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS EN DIVORCIO, propuesta por el ciudadano CARLOS EDUARDO CHAPARRO CASTILLO, en contra de la ciudadana WEILYN SCARLETH GIGLIONE CRUZ, suficientemente identificados.
En consecuencia, queda disuelto el matrimonio civil que celebraran las partes, el día veintiséis (26) de marzo de 2010, por ante la Coordinadora y Secretaria de la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Ricaurte del Municipio Mara, Estado Zulia, anotada en el libro de Registro Civil para Matrimonios que llevó esa Oficina de Registro Civil durante el año 2007, bajo el acta N° 39.
Se deja expresa constancia de lo manifestado por los solicitantes, que durante la vigencia.....