DECISIÓN
Por los hechos y fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, actuando de conformidad con lo establecido en el artículo 242 del Código de Procedimiento Civil, procede a declarar CON LUGAR, la presente solicitud de Divorcio realizada por los ciudadanos TEODORO DEL CARMEN QUINTERO y DUILIA ROSA MOSQUERA GONZÁLEZ, ambos identificados en la parte narrativa del presente fallo, en consecuencia:
Se declara disuelto de pleno derecho el matrimonio civil celebrado entre los ciudadanos TEODORO DEL CARMEN QUINTERO y DUILIA ROSA MOSQUERA GONZÁLEZ, en fecha veintiséis (26) de marzo de 1976, ante la Alcaldía del Municipio Dabajuro, Distrito Buchivacoa, del Estado Falcón, como se desprende de la copia certificada del acta de matrimonio número 17 de los libros llevados por.....