IV
DISPOSITIVO
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR la solicitud de Exequátur realizada por la abogada BELKY GIL ALDANA, en su condición de apoderada judicial de la ciudadana LUISA MARGARITA CAMPOS PÉREZ; por medio de la cual, solicita la declaratoria de fuerza ejecutoria de la sentencia extranjera, y su correspondiente registro en esta República Bolivariana de Venezuela, de la decisión proferida en fecha 26 de abril de 2013, por el TRIBUNAL SUPERIOR DE FAMILIA CON SEDE EN LA PROVINCIA DE QUÉBEC, DISTRITO MONTREAL, CANADÁ, y que disolvió el vínculo matrimonial que existía entre los ciudadanos LUISA MARGARITA CAMPOS PÉREZ y JOSÉ LEONARDO FERNÁNDEZ VALERO.
PUBLIQUESE. REGISTRESE. NOTIFÍQUESE. Déjese por Secretaría copia certificada de conformidad con l.....