DISPOSITIVO
Por los fundamentos y motivos antes esgrimidos, éste TRIBUNAL DÉCIMO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Consumado el acto del Desistimiento, solo del procedimiento, presentado por la parte actora, representado por su apoderado judicial, abogado en ejercicio GUILLERMO ROMERO, plenamente identificado en las actas procesales, en cuanto al co-demandado a título personal, ciudadano PASQUALE ZACCARIA LO RUSSO, respecta, continuando el presente procedimiento, en relación a los otros co-demandados ENTIDAD DE TRABAJO SOCIEDAD MERCANTIL INDUSTRIAS DISTRIBUIDORA DE CABLES Y MATERIALES ELECTRICOS C.A., (ITALCABLES C.A.,) Y A TITULO PERSO.....