Por las consideraciones anteriormente expuestas este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Maneiro de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la Ley, declara:----------------
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda que por NULIDAD DE ASAMBLEA DE PROPIETARIOS instauró el ciudadano RENE ANTONIO YAMIN KARAM, en contra de la JUNTA DE CONDOMINIO DEL EDIFICIO ANDALUCIA GREEN I, todos plenamente identificados.--------------------------------------------------------------------
SEGUNDO: NO HA LUGAR A LA CONDENA en costas por la índole de lo decidido.--------------------------------------------------------------------------------------------------
TERCERO: NOTIFIQUESE de conformidad con lo previsto en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil, a las partes por haberse proferido el fallo fuera del término legal.-----------------------------------------------.....