En fuerza de las anteriores consideraciones, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CATATUMBO Y JESÚS MARÍA SEMPRÚN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, actuando en su competencia civil administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en el juicio que por Inserción de Acta de Nacimiento, fue interpuesto por el ciudadano FREDY LOZANO GUERRERO, venezolano, mayor de edad, soltero, domiciliado en la Población de Casigua El Cubo, del Municipio Jesús María Semprún del Estado Zulia, hace el siguiente pronunciamiento: Se declara CON LUGAR la acción de INSERCIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO, que efectivamente nació en la finca finca DOS LAURAS, ubicada en el sector West Tarra, en Jurisdicción del Municipio Jesús Maria Semprún del Estado Zulia, en fecha tres (03) de mayo de 1980, y que es hijo de los ciudadanos AURORA MARIA GUERRERO DE LOZANO, extranjera, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. E- 42.400.041, y del ciudadano: ELIAS.....