DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente vertidos, este TRIBUNAL NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara IMPROCEDENTE la demanda intentada por el ciudadano HILDEBRANDO ANTONIO MORALES RODRÍGUEZ contra la sociedad mercantil irregular RESTAURANT PA¿QUE AMÉRICO Y CERVECERÍA ADOLFITO.
De conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se exime al ciudadano HILDEBRANDO ANTONIO MORALES RODRÍGUEZ a pagar las costas y costos del presente juicio.