DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas Sección Adolescentes, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley emite los siguientes pronunciamientos: DECRETA al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, LIBERTAD INMEDIATA y sin restricciones, no siendo procedente calificar flagrancia debido a que los funcionarios actuantes violares el derecho a la inviolabilidad del domicilio o recinto privado, al ingresar a ese lugar sin orden de allanamiento y sin estar ante la presencia de una de las causales de excepción prevista en la parte in fine del artículo 211 del Código Orgánico Procesal Penal. Se orden a su egreso desde la sala de este Tribunal. Se acuerda las copias simples solicitadas por la Defensa, se acuerda remitir las presentes actuaciones al Ministerio Público, en su oportunidad legal. Se ordena e.....