Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
¿ SIN LUGAR la apelación interpuesta por el ciudadano ARGENIS JOSE OLIVEROS LAMEDA, actuando con el carácter de apoderado Judicial del ciudadano FRANCESCO DE CANDIDO BRATTI, en contra de la Resolución dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, de fecha 22 de junio de 2007.
Queda de esta manera confirmada la decisión apelada, pero por distinta motivación.
No se hace especial pronunciamiento en costas procesales, dada la naturaleza de lo decidido.