En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda por Desalojo por Falta de Pago interpuesta por el abogado en ejercicio DANIEL BRUNO SOÑORA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 66.445, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana RAQUEL SOÑORA ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.203.208, de este domicilio, contra la ciudadana DARYELIS MARGARITA ACEVEDO SERRANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.691.397, de este domicilio, por haber dejado de cancelar de forma continua y sin justificación alguna los cánones de arrendamiento correspondientes. En consecuencia, se ordena a la demandada DARYELIS MARGARITA ACEVEDO SERRANO, la desocupación y entrega inmediata del inmueble arrendado constituido por un Apartamento distinguido con el N° 163, ubicado en la Avenida 4 de Mayo, Municipio Autónomo Mariño del Estado Nueva Esparta. SEGUNDO: Se conde.....