DISPOSITIVA:
En virtud de todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Ejecución Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley REVISA Y MANTIENE la medida de LIBERTAD ASISTIDA al ciudadano: IDENTIDAD OMITIDA Determinándose que hasta el día de hoy ha cumplido con la medida por espacio de DOS (02) Meses y VEINTITRES (23) Días y le falta por cumplir esta medida durante NUEVE (09) MESES y SIETE (07) días, aun NO ha iniciado el cumplimiento de la Medida Servicios a la Comunidad por Tres (03) Meses. Estas Medidas son revisables de conformidad con lo establecido en el artículo 647 literal "e" de la Ley Orgánica Para la protección del Niño y del Adolescente. LA PROXIMA REVISIÓN DE LA PRESENTE MEDIDA SE REALIZARÁ EL 24 DE SEPTIEMBRE 2010. Impóngase la presente decisión al sancionado. Notifíquese a las partes. Oficiar a la Sociólogo Adscrita a esta Sección.....