DISPOSITIVO
Por los fundamentos de hecho y de derecho antes mencionados, este JUZGADO NOVENO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
SE NIEGA LA MEDIDA PREVENTIVA DE SECUESTRO solicitada por el ciudadano MANUEL SOCARRAS IGUARAN, asistido por la abogada ELIZABETH ANDRADE, en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES sigue en contra del ciudadano ANGEL RENATO ECHETO, todos ya identificados.
No hay condenatoria en costas debido a la naturaleza de la decisión.
Publíquese, Regístrese y Notifíquese a la parte actora.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Noveno de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, a los diecinueve (19) días del mes de mayo del año dos mil nueve (2009). Años 199° de la Independenci.....