DISPOSITIVA
Por las razones y fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, acuerda: Declarar Extinguida la Responsabilidad Criminal, en la presente causa iniciada en contra del penado BLADIMIR ENRIQUE MENDOZA VARGAS, Venezolano, natural de Maracaibo Estado Zulia, mayor de edad, portador de la cédula de identidad N° 7.604.948, hijo de Silvio Mendoza y Reina Maria Vargas, con domicilio en el KM. 14, vía a La Concepción, Barrio Las Mercedes, al fondo del Abastos El Gitano del Zulia, por los delitos de ROBO A MANO ARMADA y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 460 y ambos del Código Penal, cometido en perjuicio de las ciudadanas MARIA ROSA SANCHEZ, JULIA ACOSTA Y ESTETICA MUJER BONITA Y EL ESTADO VENEZOLANO, ordenando su inmediata Libertad a la Cárcel Nacional de Maracaibo,.....