Por los fundamentos antes expuestos, este Juez Unipersonal Provisorio No.1 del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, extensión Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA, la transacción celebrada entre los ciudadanos LAWRENCE MARIBEL, LORAINE KATYHUSCA MANRIQUE ROMERO, y el adolescente antes identificado, este ultimo representado por su progenitora la ciudadana BEXY FRANCISCA ROMERO DE MANRIQUE y la ciudadana TIBISAY DEL CARMEN GASCON BRACHO, plenamente identificados, en los mismos términos y condiciones en el acuerdo establecido, celebrado en fecha dieciséis (16) de mayo de dos mil ocho (2.008), pasándolo en autoridad de cosa juzgada como sentencia definitivamente firme.
Publíquese, regístrese. Déjese copia certificada por Secretaría, a los fines previstos en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el 1.384 del .....