este Tribunal de Primera Instancia del Tránsito y Agrario de la circunscripción Judicial del Estado Zulia, OYE LA APELACION EN UN SOLO EFECTO, (DEVOLUTIVO); ordenando remitir mediante oficio al JUZGADO SUPERIOR OCTAVO AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, las copias certificadas del expediente que indiquen las partes, así como las que eventualmente pudiera indicar el Tribunal, de conformidad con el Artículo 295 ejusden. ASI SE DECIDE.-
EL JUEZ SUPLENTE ESPECIAL
Abog. LUIS ENRIQUE CASTILLO SOTO.-
LA SECRETARIA ACC,
Abog. ROSMELI C. OJEDA DE RODRIGUEZ