Por los fundamentos expuestos, este Juzgado del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de PENSIÓN ALIMENTARIA, intentada por la ciudadana CARMEN MARÍA ALVARADO PAZ, en contra del ciudadano CRISTOBAL ANTONIO BRACHO BELLIO, a favor del niño CRISTHIAN JOSE BRACHO ALVARADO, ya identificado.- Ahora bien para establecer el monto de la pensión alimentaría esta Jueza, en fundamento a los argumentos vertidos en la parte motiva de este fallo, fija como pensión alimentaría mensual la cantidad equivalente al TREINTA POR CIENTO (30%) mensual del sueldo que devenga el reclamado en autos como trabajador al servicio de la empresa Polipropilenos de Venezuela S.A.; asimismo se fija el CIEN POR CIENTO (100%) de las primas por hijo, útiles escolares y juguetes, que le pueda corresponder al mencionado ciudadano pertenecient.....