Estima este Tribunal que, vista la sentencia de fecha 18 de Julio del 2019, donde se repone la Causa al estado la promoción de pruebas , folios 79 al 83, ordenándose en esa misma fecha la notificación de las partes, folios 84,85 y 86, sin haberse realizado dicha notificación, ni ningún acto del proceso, desde la mencionada fecha hasta 18 de Marzo del 2022, son veinte meses (20) y luego la ultima diligencia realizada por la demandante en fecha 22 de Mayo del 2023, fijándose oportunidad para la notificación en fecha 30 de Mayo del 2023, sin haber sido realizada dichas notificaciones,, habiendo transcurrido diez (10) meses desde la última actuación del demandante, lo cual trae como consecuencia que se declare la perención de la Instancia y así se decide.
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Aguasay y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justici.....