este Tribunal declara suficientes los derechos que tienen los ciudadanos MARIA CHIQUINQUIRA MOLERO DE MORALES, conyuge y a sus hijos RUBEN SEGUNDO MORALES MOLERO, DOUGLAS ENRIQUE MORALES MOLERO, HENRY LUIS MORALES MOLERO, IRIS DEL CARMEN MORALES MOLERO Y ANA MARIA MORALES MOLERO, todos mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos: V-1.644.926, V-5.826.648, V-4.157.069, V-4.741.554, V-5.047.996 y V-6.833.058, respectivamente y de este domicilio, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante RUBEN DARIO MORALES BARRIOS.- ASI SE DECIDE.-
Expídanse las copias solicitadas. Devuélvanse estas actuaciones en originales y déjese copia certificada para formar expediente.-