DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, actuando en sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la presente acción de amparo constitucional intentada por los ciudadanos ANGEL PASTOR MARTINEZ y CARACCIOLO DEL CARMEN PAZ PRIETO en contra de la ALCALDÍA BOLIVARIANA DEL MUNICIPIO COLÓN DEL ESTADO ZULIA, y en consecuencia CUMPLA con la Providencia Administrativa de fecha 17 de febrero de 2011, No. 033-2011 emanada de la Inspectoría del Trabajo en Santa Bárbara, que declaró CON LUGAR la Solicitud de Reenganche y Pago de Salarios Caídos.
SEGUNDO: SE CONDENA EN COSTAS a la parte agraviante de conformidad con lo previsto en el artículo 33 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE. Déjese copia certificada po.....