DISPOSITIVO
Por los fundamentos antes expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este TRIBUNAL SEXTO DE JUICIO DEL RÉGIMEN PROCESAL PARA EL NUEVO RÉGIMEN Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNCISIÓN DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: LA HOMOLOGACIÓN del ACTA DE TRANSACCIÒN presentada por las partes en fecha 17 de Marzo del 2010 entre el accionante JORGE ELIECER VERTEL ARRIETA y los Co-demandados JORGE ELIECER VERTEL ARRIETA, aceptó el ofrecimiento hecho por los Co-demandados y HACIENDA LA FORTALEZA, C.A, (HAFAORCA) y RUBEN DARIO BARBOZA, todos debidamente identificados, por lo que se le otorga el carácter de Cosa Juzgada.
SEGUNDO: Se ordena el archivo del presente expediente por haberse realizado el cumplimiento de lo señalado en el ACTA DE TRANSACCIÓN LABORAL, presentado por las partes personalmente por ante este Trib.....