En base a lo antes expuesto éste Juzgado UNDÉCIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley:
1) SIN LUGAR: La cuestión previa establecida en el ordinal 6º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 78 ejusdem, alegada por el demandado ciudadano VÍCTOR JOSÉ GALÍNDEZ ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.195.510, de este domicilio en su escrito de contestación a la demanda.
2) SIN LUGAR: La reconvención planteada por el demandado ciudadano VÍCTOR JOSÉ GALÍNDEZ ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.195.510, de este domicilio en su escrito de contestación a la demanda.
3) SIN LUGAR La demanda presentada por la ciudadana TEOFILA MARIA VILORIA DE BRICEÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula.....