En consideración de los argumentos expuestos, este Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, homologa la transacción propuesta por los ciudadanos William Navarro Atencio y Ender Navarro Gutiérrez, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad alfanuméricos V- 9.717.383 y V-7.710.329, domiciliados en la ciudad de Maracaibo, Estado Zulia, en el marco de la pretensión de simulación interpuesta en contra de los ciudadanos Ender Navarro Gutiérrez y Eleuda Gutiérrez viuda de Navarro.
No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del fallo.