PARTE DISPOSITIVO:
En virtud de lo antes expuesto, éste JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, actuando como primera instancia; según Resolución N° 2.009-0006 de la Sala Plena del Supremo Tribunal, dictada en fecha 18 de Marzo de 2.009, donde se modificó a Nivel Nacional las Competencias de los Juzgados, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: La presente causa fue objeto de decisión, en la solicitud presentada por los ciudadanos JUAN GUILLERMO PELAEZ ESCOBAR Y CAROLINA CHIQUINQUIRA GOMEZ DE PELAEZ, quienes son el primero extranjero y la segunda venezolana, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad números E-83.240.011 y V- 15.974.140, ambos domiciliados en el Municipio Cabimas del Estado Zulia, por concepto de Solicitud de Divorcio de conformidad con lo establecido en el artí.....