DISPOSITIVO:
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, actuando en sede constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Acepta la Competencia para conocer de la presente Solicitud de Amparo Constitucional.
SEGUNDO: Modifica la decisión emanada del Tribunal del Municipio Colón y Francisco Javier Pulgar de la Circunscripción del Estado Zulia, dictada en fecha 23 de diciembre de 2009, signada con el Nº 346.
TERCERO: INADMISIBLE la presente solicitud de AMPARO CONSTITUCIONAL, de conformidad con lo previsto en el artículo 6, numeral 5° de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, propuesta por el ciudadano FREDDY SEGUNDO PAZ MENDOZA, asistido por el abogado en ejercicio Gustavo Adolfo Meléndez Pérez, en contra del Municipio Colón del Estado Zulia.
No se hace especial .....