Con mérito en los argumentos antes expuestos este JUZGADO UNDÉCIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
1) SE EXTINGUE la presente demanda por la perdida del interés procesal, propuesta por la ciudadana YURANIS DE LOS REYES SUÁREZ BARROSO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.832.787, de este domicilio, representada por la abogado YOLSY MARIA UZCATEGUI CATARI, venezolana, mayor de edad, inscrita en el inpreabogado Nº 40.660, de este domicilio, en relación con el juicio Nº 134-2000, en contra la S.M. UNIDAD EDUCATIVA ELIA NEGRON DE ROMERO, inscrita ante el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, bajo el Nº 14, tomo 33-A, en la persona de los ciudadanos MARY LUZ MÉNDEZ DE RAMÍREZ y/o RAFAEL SEGUNDO RAMÍREZ GARCÍA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las .....