DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta SALA Nº 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los Abogados JOSÉ GREGORIO RONDÓN OLMOS, LUÍS EUGENIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ, y YESENIA CAROLINA PIRELA ZUARICH, antes identificados, actuando con el carácter de Defensores de los imputados ALBERTO JOSÉ CARREÑO NEGRETTE, JOHONNY JOSE PARODI, ERICK JOHUSSE CARRASQUEÑO PATIÑO, HUMBERTO ENRIQUE RODRÍGUEZ URDANETA y ANDERSON ENRIQUE FEREIRA MEDINA, identificados en actas, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en fecha 22 de enero de 2009; y, SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión recurrida. Y ASÍ SE DECIDE
Publíquese, regístrese en el libro respectivo, déjese copia certificada en.....