En Virtud de las razones antes expuestas, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el Ciudadano OSWALDO COLMENAREZ, en contra de la empresa COBERTURA ASFALTICAS VENEZOLANAS, C.A SEGUNDO: se condena a la empresa COBERTURA ASFALTICAS VENEZOLANAS, C.A a pagar al demandante la cantidad total de CIENTO NOVENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS TRES BOLIVARES CON TREINTA Y DOS CENTIMOS (Bs.196.703.32) por concepto de el pago de las Prestaciones Sociales y demás indemnizaciones laborales por la terminación de la relación de trabajo indicados en la parte Motiva de la presente decisión, más lo que resulte de la Experticia ordenada en cuanto al pago de Intereses de prestaciones, Moratorios y la indexación correspondiente al trabajador.