Por los fundamentos anteriormente expuestos, este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud, en consecuencia, ordena rectificar las actas de nacimiento, de los ciudadanos JOSE LUIS RONDON SANDOVAL  y LEONARDO ENRIQUE RONDON SANDOVAL, signadas con los Nos. 1.302 y 4068, llevadas por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Chiquinquirá del  Municipio Maracaibo del Estado Zulia de fecha 20/04/1967 y 16/10/1969, respectivamente, y su duplicado en el Registro Principal del Estado Zulia, en el sentido que se corrija en su contexto lo siguiente:
1.- En su contenido donde se lee "Rosa Elena Sandoval"  debe leerse "Rosa Elena Zandoval".  Así se declara.