Por las razones expuestas este Tribunal resuelve:
¿ Aprueba y homologa el convenimiento celebrado entre las partes, en todos y cada uno de sus términos, otorgándole a la presente decisión el carácter de cosa juzgada formal. Así se decide.-
¿ Ordena oficiar a la Empresa WUILCAR a los fines de SUSPENDER las medidas de embargo preventivo, decretadas en contra del ciudadano Jesús Antonio Medina, portador de la cédula de identidad No. V-7.492.077, las cuales recayeron sobre los siguientes conceptos: a) El treinta por ciento (30%) del salario que el referido ciudadano devengue mensualmente; b) El treinta por ciento (30%) anual de las utilidades o remuneración especial de fin de año; c) El treinta por ciento (30%) anual de la vacaciones y/o bono vacacional, horas extras; d) El cien por ciento (100%) de primas por hijos, útiles escolares y juguetes. Ahora bien, en cuanto al concepto de las prestaciones sociales, caja de ahorros, fideicomiso y cualquier otra cantidad de dinero que pueda corr.....