VI.
DISPOSITIVO
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, la pretensión de Indemnización de Daños y Perjuicios Materiales y por Daño Moral, incoada por el ciudadano TAC PUI YOUNG YUEN, venezolano, mayor de edad, comerciante, titular de la cedula de identidad Nº V- 10.431.412, domiciliado en la Ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en contra del ciudadano MARIO DE JESUS CAETANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 11.873.058, domiciliado en la Ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia.
SEGUNDO: Se ORDENA a la parte demandada ciudadano MARIO DE JESUS CAETANO, previamente identificado, al pago de la cantidad de SESENTA MIL DOLARES ESTADO UNIDENCES ($ 60.000,00), por concepto de DAÑOS Y P.....