Mediante Auto este Tribunal, Impartiendo Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela Por Autoridad de la Ley EMITE EL RESPECTIVO AUTO DE EJECUCIÓN Y COMPUTO, en razón de la sentencia condenatoria dictada en contra del ciudadano. ciudadano LUÍS MANUEL GONZÁLEZ GIL, titular de la cédula de identidad Nº V- 25.372.335, quien fue CONDENADO a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISIÓN, por la comisión de los delitos de por la comisión del delito de ABUSO SEXUAL A NIÑA, previsto y sancionado en el artículo 259, encabezamiento, de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en perjuicio de las niñas de 08 y 10 años de edad (cuyas identidades se omiten de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescentes) más las penas accesorias de ley, se acuerda mantener se acuerda mantener en libertad al referido penado.- Hágase lo conducente. Cumplase.-