Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Noveno de primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD INMEDIATA, del ciudadano JORGE LUIS MOLERO, de nacionalidad Venezolano, natural Maracaibo, fecha de nacimiento: 13-06-59, de 50 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio Especialista automotriz, CI. 7.719334, hijo de María Molero y Máximo Retrepo, y con residencia barrio Alto escondido casa 22-24, frente al bar José Gregorio Maracaibo, Estado Zulia, de conformidad con lo establecido en el numeral 1° del artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela Se proveen las copias solicitadas por la Defensa, Se acuerda oficiar al Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas El Marite bajo el N° 4400-08, a los fines de hacer saber la Decisión del Tribunal. Se insta a la Defensa a recabar o diligenciar todo lo qu.....