DISPOSITIVO
Por los fundamentos de hecho y de derecho anteriormente expuesto, este JUZGADO NOVENO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
SE NIEGA EL DECRETO DE LA MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO sobre bienes muebles propiedad de la demanda, ESTACIONAMIENTO MARACAIBO, C.A., solicitada por el ciudadano RENY JOSE BARRETO NEGRETTE, en el juicio que sigue en contra de la Sociedad Mercantil ESTACIONAMIENTO MARACAIBO, C.A.
No hay condenatoria en costas debido a la naturaleza de la decisión.
Publíquese, Regístrese y Notifíquese a la parte actora.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Noveno de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, a los dieciocho (18) días del mes de diciembre de 2006.
Años 196° d.....