Se condenó de conformidad con lo dispuesto en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal a los ciudadanos Ronny José Astudillo y José Gregorio Pereira, a cumplir la pena de un año cuatro meses de prisión por la comisión del delito de Lesiones Personales Graves, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal.