Con base en los razonamientos expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de este Estado, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO de la acción de amparo constitucional efectuado por el ciudadano KENNDY ANTOMAR PENNA VIAMONTE.