Ahora bien, considerando lo dicho, quien Juzga, en aras de ampliar la información contenida en autos, relacionada a la capacidad económica del Obligado de Manutención, esto con el fin de perseguir esa verdad que se ajusta además a la realidad, y evitar así que la decisión sobre el fondo de la presente causa pueda lesionar derecho alguno de las partes o de la niña beneficiaria, en consecuencia dicta Auto Para Mejor Proveer y ordena Oficiar al Departamento de Recursos Humanos de la ZONA EDUCATIVA DEL ESTADO MONAGAS, institución educativa adscrita al Ministerio del Poder Popular para la Educación, solicitándole remitir a este Despacho, con carácter de urgencia, CONSTANCIA DE TRABAJO del ciudadano LUIS RAFAEL REYES ÁLVAREZ, parte demandante, con indicación del sueldo global mensual que actualmente percibe, así como también, antigüedad y demás beneficios laborales que el mismo devengue.-
Para la evacuación de la diligencia antes acordada, se concede un lapso de Cinco (5) días de Despacho,.....