este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en ejercicio de las Potestades Jurisdiccionales atribuidas por el artículo 269 del Código de Procedimiento Civil, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA PERIMIDA la instancia en el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES POR INTIMACIÓN, sigue el abogado LUIS EMILIO CAMACHO, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad No. V-9.702.114, domiciliado en la Ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, actuando en procuración de la ciudadana ISAIRA FINOL, venezolana mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-4.995.310 y de igual domicilio contra del ciudadano DENNY FERRER , en concatenación con el artículo 12 de la Ley de Arancel Judicial, y con la Jurisprudencia emanada del Máximo Tribunal de la República en Sala de Casación Civil, de fecha 6 de julio de 2004, Exp. Nº. AA20-C-2001-000436; cri.....