Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, actuando de conformidad con lo establecido en el artículo 242 del Código de Procedimiento Civil, declara PROCEDENTE, la presente solicitud de Divorcio fundamentada en el supuesto del artículo 185-A del Código Civil, realizada por los apoderados judiciales de los ciudadanos MARGARETH JOSEFINA SÁNCHEZ GALAN y EDUARDO EMIRO FINOL NAVA, identificados en líneas pretéritas, en consecuencia se declara:
Disuelto el vínculo conyugal contraído por los ciudadanos, MARGARETH JOSEFINA SANCHEZ GALAN y EDUARDO EMIRO FINOL NAVA, anteriormente identificados, en fecha treinta (30) de abril de 1993, ante el Jefe Civil de la Parroquia Francisco Eugenio Bustamant.....