Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos, éste JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA DE DIVORCIO propuesta por la ciudadana JENNY DEL CARMEN ATENCIO FERNANDEZ venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 11.950.857, domiciliada en el Municipio Cabimas del Estado Zulia, Asistida en este acto por el Abogado en ejercicio, ciudadano, JOSE GREGORIO MATHEUS BENCOMO, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 84.077, en contra del ciudadano, LUIS LEONARDO QUINTERO TORTOLERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 13.666.422, domiciliado en Turubamba, Quito, Ecuador, conforme a lo establecido en el Artículo 185 del Código Civil y el criterio de la sentencia Nº 1.070 de la Sala Consti.....