Sobre la base de las consideraciones antes expresadas, este TRIBUNAL NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE el RECURSO DE NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO DE EFECTOS PARTICULARES propuesto por el ciudadano CARLOS ALBERTO ACEVEDO ROMERO contra la providencia administrativa número 042-2014 de fecha 19 de agosto de 2014 dictada en el expediente administrativo 075-2013-01-335 por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE LOS MUNICIPIOS LAGUNILLAS, BARALT, VALMORE RODRÍGUEZ Y SIMÓN BOLÍVAR DEL ESTADO ZULIA, a través de la cual declaró HA LUGAR la solicitud de CALIFICACIÓN DE FALTAS Y AUTORIZACIÓN PARA DESPEDIR intentado la sociedad mercantil PDVSA PETROLEO, SA.