El Tribunal considera llenos los extremos exigidos y procedente la solicitud de autorización de separación temporal del hogar, hecha por la ciudadana DILIA MARINA SANCHEZ ALVAREZ , a quien se autoriza separase del hogar común y vivir en la Urbanización Costa Azul, Edificio Arrecife, Apartamento 42 cuarto piso, Porlamar, Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta