Por los fundamentos y razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
1. CON LUGAR LA APELACIÓN, interpuesta en fecha cinco (5) de noviembre del año 2009, por el abogado EURO LAGUNA actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana OLGA MARGARITA GONZALEZ CONTRERAS, contra la sentencia dictada en fecha cuatro (4) de noviembre de 2009, por el JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMON BOLIVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
2. REVOCADA, la decisión dictada por el JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMON BOLIVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en fecha cuatro (4) de noviembre de 2009, en la cual declara Inadmisible la presente demanda de Resolución de Contrato .....