Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el ejercicio de sus facultades legales, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley, declara: 1) SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la profesional del derecho KEYLA MENDEZ, abogada en ejercicio, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte demandante, en contra de la decisión de fecha dos (02) de agosto de 2010, dictada por el Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, que conoció de la demanda intentada por el ciudadano JOSE LUIS DÍAZ LUGO, en contra de las Sociedades Mercantiles LA SOCIEDAD MERCANTIL PROFESIONALES DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA C.A. (PROSEVICA), PROTECCIÓN RURAL Y URBANA C.A. y G.H.M. SERVICES C.A.; 2) SE DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el juicio que por reclamo de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales