Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuesto este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda: LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, y EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida en contra de los ciudadanos FREDERICK AZUAJE OSORIO, Venezolano, de 24 años de edad, Natural de Maracaibo, estado Zulia, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-19.174.208, Fecha de Nacimiento: 30-10-1989,Estado Civil: Soltero, de Profesión u Oficio: estudiante universitario, Hijo de FREDDY AZUAJE ROSALES y JUDITH ZENAIDA OSORIO MACHADO, Residenciado en la avenida 7 con calle JK, casa No. 8-99 San Benito, sector Bello Monte, del Municipio Maracaibo – estado Zulia, Teléfono: 0424-224.98.49; y JOSE ANGEL OSORIO AGUIRRE, Venezolano, Natural de Maracaibo, estado Zulia, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-19.547.610, Fecha de Nacim.....