DECRETA el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la presente causa donde aparece como imputado el joven IDENTIDAD OMITIDA, supra identificado, por la presunta comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE VEHICULO PROVENIENTE DEL ROBO, previsto y sancionado en el articulo 9 de la Ley Orgánica Contra Hurto y Robo de Vehículo, en perjuicio del ciudadano JESUS RAFAEL CORDERO CAÑA, por haber operado la Extinción de la Acción Penal, a causa de la muerte de este efebo antes referido en fecha 27-08-2012 según Certificado de Acta de Defunción, asimismo cesan la media cautelar impuesta al joven de auto en su oportunidad legal, decisión conforme a los artículos 561 literal d) de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, en concordancia con el 300 numeral 3° y 49 numeral 1° ambos del Código Orgánico Procesal Penal por remisión del 537 de la Ley Orgánica para la Protección Del Niño, Niña y del Adolescente