En mérito de las razones expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación de autos presentado por la ciudadana ISMENIA JOSEFINA RUÍZ DE FEREIRA, portadora de la cédula de identidad N° 798.747, asistida para este acto por el abogado en ejercicio NOE BRITO ECHETO, inscrito en el Inpreabogado con el N° 7.442, contra la Decisión N° 16-08 de fecha veintisiete (27) de Mayo de 2008, emanada del Juzgado Octavo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, la cual declaró inadmisible el escrito de acusación privada presentado por la mencionada ciudadana, contra los ciudadanos HUGO RINCÓN ADARME y GLADIRA GRIEGO DE RINCÓN, por la presunta comisión de los delitos de APROPIACIÓN INDEBIDA y DAÑOS MATERIALES.
SEGUNDO: Que no es típica la acci.....