este Tribunal Único En Funciones De Juicio Sobre El Derecho De Las Mujeres a una Vida Libre De Violencia: 1)SUSPENDE EL PROCESO en la presente causa en favor del acusado JOSE RAMON VILLASMIL MONTIEL, conforme a lo establecido en el Artículo 42 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que se establece dicha suspensión por el lapso de Un (01) Año, contado a partir de la presente fecha trece de agosto de dos mil ocho (13/08/2008), tiempo en el cual el acusado deberá: a) presentarse por ante la Unidad Técnica de Apoyo del Sistema Penitenciario una vez cada dos (02) meses y residir en la dirección aportada, debiendo en caso de cambiar de domicilio notificar a su Delegado de Prueba, b) presentarse por ante este Tribunal cada sesenta días (60) días, c) asistir a la entrevista con el equipo interdisciplinario de los Tribunales de Violencia Contra la Mujer, una vez cada quince días, d) asistir tres veces por semana a algún grupo de Alcohólicos Anónimos y consignar la debida constancia ante es.....